Siguiendo las dos preguntas guías que les he propuesto, espero conocer sus argumentos al respecto.
Siguiendo las dos preguntas guías que les he propuesto, espero conocer sus argumentos al respecto.
Estimado Luis; estimados compañeros y estimadas compañeras, adjunto algunas perspectivas personales a partir de las preguntas propuestas. Gracias.
Saludos
Con las disculpas de caso, informar que el foro 2 recientemente se activo en mi cuenta personal del curso virtual; pero el foro 1 de bienvenida todavía sigue sin activar, favor tomar nota. Gracias.
Saludos.
Buenas tardes profesor
Adjunto le envío el trabajo correspondiente al foro 2
Si bien los textos constitucionales incluyen aspectos que contemplan el desarrollo y fomento de la seguridad alimentaria con soberanía, la falta de normativa y de inclusión y apropiación de los conceptos por parte de la sociedad puede hacer que estos textos sean letra muerta. Es importante que la ley respalde y fomente todos los esfuerzos dedicados a asegurar la alimentación de todos con soberanía, sin embargo es necesario también que se traduzcan en acciones concretas y en cambios de actitud que lleguen a todos los niveles y a los verdaderos actores involucrados.
Buenas tardes envío respuesta del segundo foro.
Gracias
Me permito adjuntar mis reflexiones.
Betty
Hablando un poco sobre la acción pública, nuestra misión como seguridad alimentaria con soberanía consiste en gran medida en poder llegar a las opiniones, decisiones, comportamientos y ojalá hábitos y valores no sólo de actores clave y tomadores de decisión sino también del ciudadano de a pié.
Para ello nos valemos de los mismos recursos; campañas, investigación, firmas, actos públicos y otros; que otros que quieren promover la producción de alimentos a gran escala en monocultivos, la propiedad de las semillas y la desaparición de la agricultura familiar campesina.
Hace poco, acá en Ecuador, me regalaron una caja de cheerios y un bolsito cooler que dice fitness nestlé por hacer yoga en la playa y sacarme la foto.
Sin embargo, más fuerte es que sacan a violadores asesinos de las cárceles con opinión pública, un buen juicio o un juez comprado.
Y con los mismos mecanismos apoyan con leyes y concesiones a la deforestación, a la tala de manglares, la contaminación de los ríos y la explotación laboral de nuestros hermanos.
Por eso, este verano, promoviendo el bienestar y la alimentación sana y justa, ojalá recuperemos algunos conceptos como buen desayuno o alimentación equilibrada de las garras de las cajas de cereal.
Estimado Luis
Envío mis comentarios
saludos cordiales
Buenas noches, el tema del foro resulto muy interesante pero a la vez complicado. porque para quienes no manejamos los conceptos de politica y legislacion seguramente se nos crea alguna dificultad, sin embargo es una magnifica oportundad de aprender y gracias a su guia y lecturas me abren otros temas de interes.
Siguiendo las directrices de las preguntas sugeridas, adjunto mis reflexiones:
1.¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Si bien es indispensable adoptar medidas legislativas en el plano nacional, pienso que los recursos jurídicos por sí solos no bastan para lograr una plena realización y aplicación.
Aun teniendo el reconocimiento de la constitución o una legislación en materia de soberanía y seguridad alimentaria, las políticas públicas y programas implementados como acción pública, deben contemplar la articulación de esfuerzos de las instituciones, gobiernos locales y organizaciones del sector público y privado, potenciar su efectividad y propiciar la canalización de recursos e inversiones, hacia la consolidación de una estructura productiva agro alimentaria nacional sostenible y competitiva.
Por lo tanto, también será necesario utilizar otros medios que engloban una amplia gama de medidas sociales, económicas y políticas que no se queden en simples enunciados, sino puedan traducirse en acciones efectivas coordinadas entre los distintos actores y niveles del entorno. Las acciones aisladas no contribuyen a la sostenibilidad de las medidas.
2. ¿Que otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y seguridad alimentaria?
Habida cuenta de que las causa de inseguridad alimentaria de la población son complejas y guardan relación directa con la pobreza, con el desempleo, el ingreso de las personas, la educación, la salud y la nutrición, y con las pérdidas que experimenta la agricultura provocados por factores climáticos adversos; es necesario adoptar políticas integrales de carácter multisectorial e interdisciplinario.
Como otros elementos normativas que contribuyen a precautelar la soberanía y seguridad alimentaria, considero las siguientes:
- Políticas de prevención y gestión de riesgos
- Políticas de atención de emergencias Alimentarias
- Políticas del Consumo Nacional
- Políticas de adecuación Educativa que promueva la Alimentación Saludable y Nutritiva
- Políticas de fomento al Desarrollo de Mercados Locales y Regionales
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
La acción pública ambiental, tanto en Ecuador como en Bolivia, debería, evitar la existencia de distonía axiológica entre los principios y normas establecidos en el bloque constitucional ambiental y, las acciones desarrolladas a nivel estratégico y operativo en cuanto a la ejecución y puesta en práctica y el logro de los resultados establecidos.
La proyección y redacción de normas debe ser una representación objetiva de la realidad y no solamente una declaración romántica e idílica del bienestar alcanzado por los enunciación de principios ideológicos que no tengan una correlación con los instrumentos políticos, económicos y sociales necesarios para su logro.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Es necesario desarrollar medidas de “soft law” (*)ambientales que respalden el bloque constitucional, especialmente con medidas de concienciación ambiental sobre la importancia de lograr una seguridad alimentaria nutricional en función al aporte de nutrientes de una canasta básica alimentaria que integre diversidad de productos que cubran las necesidades caloríficas requeridas y no depender del consumo de comida “chatarra” elaborada con el objetivo económico de mercado pero que, cumple con el fin de lograr seguridad alimentaria. Eficiencia versus efectividad.
(*) Conjunto de instrumentos que en principio carecen de rango normativo en sentido convencional, que no han sido creados por instituciones dotadas de poder legislativo, pero que sin embargo condicionan la soberanía legislativa de los Estados afectados y adquieren relevancia jurídica.
Estimado Luis
Adjunto el foro 2 de la Unidad 2: Marco histórico.legal y política pública sobre seguridad alimentaria con soberanía en Ecuador
Saludos cordiales,
Sandra Báez H.
Buena tarde Sandra
No he podido abrir tu archivo adjunto, por favor remítelo de nuevo.
Saludos
Estimado Luis
Adjunto el trabajo final de la Unidad 2, que lastimosamente no se ha abierto, ojalá en esta oportunidad si sea posible, caso contrario, por favor, me hace conocer. Presta a su indicación, me despido
Saludos cordiales,
Sandra
Estimado Luis
Mil disculpas, anteriormente, le envié el documento que siempre se abrió, este es el documento que solicita que le envié nuevamente, mil disculpas.
Saludos cordiales
Sandra
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Los artículos 11, 85 y 426 de la Constitución establecen elementos como la irradiación vertical y horizontal de las normas constitucionales, las garantías jurisdiccionales y la supremacía constitucional. Estos tres elementos citados configuran que tanto las normas jurídicas de cualquier nivel, como también las políticas públicas deben orientarse a cumplir y materializar con los derechos constitucionales.
En este sentido, la actual Constitución, reconoce tres tipos de garantías constitucionales, las cuales son las siguientes:
1) Las garantías normativas;
2) Las garantías de política pública y;
3) Las garantías jurisdiccionales.
Las Garantías Normativas: contempladas en el Artículo 84 de la Constitución, son los principios y reglas constitucionales, que permiten operar directamente a los derechos de la Carta Magna, sin que estos puedan ser restringidos por normas secundarias, así como que sean resarcidos adecuadamente los daños como consecuencia de su violación y se sancione a los transgresores.
Es decir las garantías normativas se refieren a que ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales, así mismo será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos, como lo manifiestan los numerales 4 y 8 del Artículo 11 de la Constitución. Art. 11.- “EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: (…) 4. Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales. (…) 8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio. Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos”.
Por otro lado, las garantías normativas, establecen un mandato directo de la Constitución tanto para la Asamblea Nacional, a través de la expedición y derogación de leyes; así como, los órganos con potestad normativa (estos son los consejos municipales, consejos metropolitanos, consejos provinciales y consejos regionales), de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución. También poseen capacidad legislativa el presidente de la Republica cuando dicta un reglamento. Los ministros de Estado al dictar una resolución. El Pleno del Consejo de la Judicatura, Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral, que emiten normas de carácter general en el ámbito de sus atribuciones.
Las Garantías de políticas públicas, servicios públicos y participación ciudadana: contenidas en el Artículo 85 de la Constitución, se refieren a que toda la planificación del desarrollo nacional, y sus instrumentos como son las políticas públicas, el plan nacional de desarrollo, los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados y programas, deben estar orientados a la realización de los derechos constitucionales y la consecución del Buen Vivir. La planificación estatal garantiza el cumplimiento de los objetivos del Régimen de Desarrollo y la consecución del Buen Vivir, así como el ejercicio de los derechos y principios consagrados en la Constitución. Tiene como propósito generar la equidad social y territorial, la participación ciudadana y control social, promoviendo la concertación. Es deber primordial del Estado planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para alcanzar el Buen Vivir.
Los mecanismos de planificación pública contemplados en la Constitución, son los siguientes: 1) Las políticas públicas;
2) El Plan Nacional de Desarrollo;
3) Los Planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados.
a) Las políticas públicas: son un mecanismo para la garantía del ejercicio de los derechos constitucionales. Su formulación, ejecución, evaluación y control se efectuará con la participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades. La política pública se manifiesta a través de decisiones, directrices, lineamientos y cursos de acción, que adoptan los órganos y entidades estatales competentes y se concreta a través de programas, proyectos y acciones públicas. La definición de la política pública nacional la ejerce la Función Ejecutiva.
Los ministerios y secretarías de Estado formularán y ejecutarán las políticas que correspondan a su sector, sujetas estrictamente a los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados desarrollarán y ejecutarán las políticas locales, en el ámbito de sus competencias, las que deberán estar contenidas en sus planes de desarrollo y ordenamiento territorial, con sujeción al marco del Plan Nacional de Desarrollo.
Las Garantías Jurisdiccionales: contenidas entre los Artículos 86 al 94 de la Constitución. Son los mecanismos judiciales o acciones constitucionales rápidas y expeditas, que protegen los derechos constitucionales, cuando son amenazados o son vulnerados.
Nuestra Constitución contempla las siguientes garantías jurisdiccionales:
· Acción por incumplimiento.
· Acción extraordinaria de protección.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
En el diseño de las políticas públicas influyen elementos como los instrumentos internacionales ratificados por el país (hard law), que según los artículos 11 y 426 de la Constitución son de aplicación directa e inmediata por parte de los servidores administrativos y judiciales, como uno de los elementos para el diseño de las políticas públicas como también las sentencias judiciales. Estos instrumentos son importantes en función de que reconocen derechos de gran amplitud, como también sirven para sustentar los vacíos que la normativa nacional establece sobre aspectos como la soberanía y seguridad alimentaria, derechos a la alimentación, semillas, agua, etc.
Adicionalmente instrumentos internacionales de soft law, que si bien es cierto no son de carácter vinculante con a los Estados, sirven de sustento, orientación en interpretación de las políticas públicas.
Dentro de la legislación interna, instrumentos como normativos de planificación y las regulaciones de los gobiernos autónomos descentralizados influyen sobre el diseño de las políticas públicas.
El Plan Nacional de Desarrollo: es la máxima directriz político-estratégica y administrativa para el diseño y aplicación de la política pública y todos los instrumentos de planificación. Se formula participativamente y el Consejo Nacional de Planificación, en el que intervienen todos los niveles territoriales de gobierno, lo aprueba. Articula la acción pública de corto y mediano plazo con una visión de largo plazo, en el marco del Régimen de Desarrollo y del Régimen del Buen Vivir previstos en la Constitución del Ecuador. Constituye una instancia de coordinación de las competencias exclusivas del Gobierno central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Su observancia es de carácter obligatorio para todo el Sector Público e indicativa para los demás sectores. A éste, se sujetan la programación cuatrienal y del Presupuesto General del Estado, el endeudamiento público y la cooperación internacional. Constituye además, la orientación de la política comercial, financiera e inversión extranjera. Todo programa, proyecto o acción financiados con recursos públicos tendrá objetivos, metas, indicadores de impacto, medios de verificación y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.
Los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados: son instrumentos que, por una parte, organizan el ejercicio de las competencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, asignadas por la Constitución y las leyes, así como de aquellas que se les transfieran como resultado del proceso de descentralización; y, por otra parte, ordenan el territorio con el objeto de definir la localización de las acciones públicas en función de las cualidades y demandas territoriales. El plan de desarrollo y ordenamiento territorial deberá articular las políticas de desarrollo y las directrices de ordenamiento del territorio, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y definir las responsabilidades de los actores públicos (entidades desconcentradas de la Función Ejecutiva), privadas y sociales en los procesos de implementación. La actualización de los instrumentos de ordenamiento territorial deberá mantener completa coherencia con los instrumentos de planificación de desarrollo en cada nivel territorial de gobierno.
Quisiera plantear una pregunta que influye respecto al diseño de las politicas pùblicas en torno a la seguridad y soberanía alimentaria, al influir sobre el tema de semillas:
Cual es el instrumentos internacional vigente de la Unión de Internacional para la protecciòn de obtenciones vegetales en el Ecuador?
Estimado compañero, comparto las reflexiones dadas desde el marco normativo y de políticas a partir de las dos preguntas que nos planteas.
Estimado Luis,
Tengo que manifestar que el documento "Marco histórico, legal y política pública sobre seguridad alimentaria con soberanía en Ecuador" ha sido muy interesante, me ha permitido ver la realidad de Ecuador de una manera diferente y proporcionado elementos para continuar en la lucha por la verdadera Soberanía Alimentaria que soñamos para todos.
Adjunto el documento donde está la discusión para el debate.
Saludos cordiales
Alberto Zambrano
estimado profesor estoy muy contenta de aprender tanto sobre procesos normativos desde la Constitución en el Ecuador, veo que existe muchas relaciones con nuestro Estado Plurinacional boliviano pero al mismo tiempo veo tambien contradicciones, si bien la CPE del Ecuador recoge la diversidad plural de formas de producir las poblaciones sus alimentos en el mercado capitalista el modelo de desarrollo global se mantiene y esto repercute negativamente en la soberania alimentaria de nuestros pueblos, tanto en el cuidado de su identidad y su cultura.
gracias
lucila
En nuestro país, la Soberanía Alimentaria, adquiere relevancia al ser incluida en la Constitución de la República del Ecuador de 2008, donde se le otorgó el carácter de “objetivo estratégico y obligación del Estado” (Art. 281). La inclusión de este término en el texto constitucional, significó un proceso liderado por el movimiento campesino, de pueblos, nacionalidades indígenas, montubios y afroecuatorianos. Pero pese a ello la concentración de la superficie agrícola en un 59% está en manos de la agroindustria, mientras que, la Agricultura Familiar Campesina (AFC) sólo tiene el 41%, esta es la primera limitación estructural para el potencial de producción alimentaria basada en la AFC. Pese a que el articulo 282 menciona que el Estado normará el uso y acceso a la tierra que deberá cumplir la función social y ambiental. A pesar de estas limitaciones la Agricultura Familiar Campesina alimenta al 60% de la población ecuatoriana. Por otro lado, la Ley de Compras Públicas y su reforma, que además de transparentar los procesos del gasto en las instituciones públicas, establece incentivos para la producción nacional y en especial de la economía solidaria. Pero solo el 0,34% de las compras para los programas alimentarios se realizaron a organizaciones del sector de la Economía Popular y Solidaria. Aunque en su artículo 283 indica que El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad. Entonces podemos concluir que a pesar de que exista mandatos, normativas, leyes, decretos ejecutivos, resoluciones para beneficiar y favorecer a la agricultura familiar campesina y actores de la EPS, el Estado NO ha cumplido.
Estimado docente y compañeros
Sin duda, lo ideal es que debería existir una relación estrecha entre lo constitucional, lo legal y la acción pública, pero esto no es así y solo se queda en un mero discurso. En lo que a la seguridad alimentaria con soberanía se refiere es necesario acompañar las conquistas constitucionales con una praxis transformadora y es así que debería apoyarse a los sectores involucrados para generar el discurso de reconocimiento y para luego demandar el derecho.
Además de elementos normativos es necesario analizar otros temas como normativas internacionales y/o regionales para el diseño de políticas públicas que precautelen la soberanía y seguridad alimentaria de Ecuador ( LORSA, SISAN, COPISA y otros). Sin duda, he podido evidenciar en la lectura que se da mucho realce en la soberanía alimentaria y no tanto asi a seguridad alimentaria.
Saludos cordiales
Marisol
estimado docente mando al foro lo que pude comprender sobre las preguntas lanzadas en esta unidad
Con respecto a las preguntas orientadoras.
Un saludo cordial les dejo mi participación en word.
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Tomando en cuenta el aporte del texto estudiado en esta unidad en relación a la importancia de identificar el contexto histórico de la constitución ecuatoriana y de la seguridad y soberanía alimentaria, creo que la propuesta que debería existir está relacionada con la reivindicación y la corresponsabilidad.
Concibo que la historia que nos antecede y que nos acontece no solamente está marcada por la estructura estructurante que oprime de manera constante. Mirar solamente desde este lado de la historia sería negar e invisibilizar a todas las personas y a todas las luchas que se han generado en todos los tiempos por la liberación, la independencia, la restitución de derechos, la reivindicación humana. A la par de la estructura, todas estas expresiones de liberación también han marcado hitos y también han encausado historias paralelas a la universal. Yo concibo que, en términos generales, los textos constitucionales convencionales representan a la estructura que mencionamos, pues son documentos que, en todas las sociedades actuales, bajan las directrices desde arriba para la regulación y el orden de ellas. En el caso del Ecuador, si bien es cierto que el discurso constitucional queda vacío en la práctica, que tiene enormes contradicciones que imposibilitan una adecuada ejecución y puesta en marcha, la sociedad ecuatoriana cuenta con un documento constitucional que no representa a la estructura convencional sino que, incluso, en algunas cuestiones, la enfrenta. Hoy contamos con un documento constitucional que habla sobre la pluriculturalidad, la diversidad, la subjetivación de la Madre Tierra y demás. Considero que estos temas que no suelen ser incluidos ni tomados en cuenta en constitucionales nacionales convencionales. Vale la pena la pregunta respecto a si existe en otros países y en otras regiones constituciones nacionales que hablen sobre la soberanía y la seguridad alimentarias como derecho.
Por ello creo importante reconocer que, en medio de todos los desaciertos, sí hay conquistas sociales en términos (aunque sea solamente en términos) de seguridad y soberanía alimentaria. No reconocer esto como un logro sería acallar las voces de las poblaciones y los sectores sociales que lucharon para que esta reestructuración sea posible. No reconocer esto como un logro sería desdibujar el pasado sufrido por tantas injusticias repetidas que enraizaron las luchas colectivas. ¿Quién dijo que el camino iba a ser corto? ¿Quién dijo que esto era todo? La estructura no se mantiene sola, requiere de la acción y la aceptación por parte de las individualidades. Así también funciona la desestructuración: este proceso requiere del colectivo unido, de la acción pública constantemente uniéndose. Por ello concibo que la reivindicación de las luchas sociales es un elemento indispensable para vivificar al texto constitucional. Así también lo es la corresponsabilidad, pues todos y todas formamos parte de la acción pública.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Concibo que los documentos legislativos no pueden ser textos disociados entre sí, pues todos ellos derivan y se apegan a la Constitución como carta magna de la nación. En este sentido, creo que las legislaciones también tienen influencias para bien y para mal en la consolidación de los procesos de soberanía y de seguridad alimentaria. Los elementos normativos que influyen en el diseño de políticas públicas a favor de la soberanía y seguridad alimentarias están relacionadas con el desarrollo agrario, con los recursos hídricos, con las tierras rurales y territorios ancestrales, con la agrobiodiversidad y semillas, y con la permanencia o destitución de la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria.
Saludos cordiales:
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública? Sobre seguridad alimentaria en Ecuador?.
Considerando, que en el año 2008 entró en vigencia la nueva Constitución de la República del Ecuador, en la que se introducen cambios sustanciales y definitivos en el reconocimiento de los derechos, su sistema de protección y en la estructura del Estado Ecuatoriano.
Las nociones de seguridad alimentaria, soberanía alimentaria y derecho a la alimentación expresan que existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen, en todo momento, acceso físico y económico a suficientes alimentos, inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida activa y sana. Incluye la disponibilidad de alimentos, el acceso a los alimentos, la utilización biológica de los alimentos y la estabilidad a lo largo del tiempo.
La relación política entre las disposiciones constitucionales y la acción pública debe cumplirse y extenderse en un entorno político, social y económico pacífico, estable y propicio, constituyendo la base fundamental que permitirá al Estado atribuir la debida prioridad a la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza. La democracia, la promoción y protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, inclusive el derecho al desarrollo, y la participación plena y equitativa de hombres y mujeres son indispensables, a fin de alcanzar la seguridad alimentaria sostenible para todos.
Tanto la seguridad como la soberanía alimentaria enfatizan la necesidad de aumentar la producción y la productividad de alimentos para enfrentar la demanda futura, el temor y dificultad central el día de hoy reside en el acceso a los alimentos y en consecuencia, suponen políticas públicas redistributivas desde el ámbito del ingreso así como del empleo, asumiendo también la necesaria articulación entre alimentos y nutrición. Derivando propuestas de protección social para enfrentar crisis temporales o programas de transferencias condicionadas que formen parte de programas de combate a la pobreza.
Juntar el desarrollo con la seguridad y los derechos humanos, solo puede realizarse asumiendo la autonomía de los gobiernos para definir sus propias políticas alimentarias. Darle prioridad a la agricultura familiar que deriva de requerimientos ambientales, obligaciones económicos y de nuevas realidades y cambios en el ámbito agroalimentario.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Esindispensable ajustar la normativa legal a las disposiciones constitucionales, para garantizar la vigencia de los derechos humanos sobre la soberanía y la seguridad alimentaria, la naturaleza y la supremacía constitucional. Que, para el logro de tal objetivo se requiere fortalecimiento del proceso de constitucionalización del sistema jurídico, político y social, para que todas las prácticas institucionales y no institucionales se ajusten material y formalmente con herramientas eficaces e idóneas para hacer realidad las exigencias del contexto de la seguridad alimentaria.
Requiriéndose de una normativa que asegure que toda disposición jurídica sea susceptible de control y monitoreo de técnicas, prácticas, y pautas que promuevan la participación popular dentro de dichos procesos. Atendiendo los principios generales del derecho y la equidad, así como los principios de unidad, concordancia práctica, eficacia integradora, fuerza normativa y adaptación.
Incrementar la productividad de los cultivos de pequeños y medianos productores con proyectos tecnológicos subsidiados con semillas certificadas, fertilizantes, agroinsumos y programas de asistencia técnica pública gratuita redes de seguro agrario implementaciones de programas de infraestructura a la cadena productiva y en la temática ambiental programas de forestación estratégica monitoreo y control para el aprovechamiento de tierras con potencial forestal.
ISCF-Bolivia
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Tanto en Bolivia, como en Ecuador, hay una incoherencia de fondo entre las disposiciones constitucionales, legales, la acción pública y la realidad. Las disposiciones constitucionales tendrían que actuar como de guía para las normativas derivadas y proporcionar herramientas legislativas para el desarrollo de la acción pública. Del texto “Marco histórico, legal y política pública…en Ecuador” dos aspectos me llaman a la atención. La dependencia de algunas normas del poder presidencial es un aspecto muy preocupante y de hecho concentra el poder público en las manos de unas pocas personas. Otra diferencia que surge entre la lectura del marco legal histórico boliviano y ecuatoriano, es la mayor inclusión y lucha de la sociedad civil en la definición de soberanía alimentaria. Parece que el camino constitucional boliviano sea más compartido respeto al ecuatoriano. En el texto, de hecho, se menciona de menor manera (respeto al caso boliviano) el rol que la sociedad ecuatoriana ha tenido en tema de seguridad/soberanía alimentaria. Más bien me puedo equivocar. Entonces, democratizar el poder decisional y dar más espacio a la sociedad civil pueda, quizás, armonizar las disposiciones normativas y la acción diaria sobre una temática tan esencial.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Según mi opinión, otros elementos normativos que influyen en el ejercicio de la soberanía e seguridad alimentaria son las políticas arancelarias y las reglas comerciales de los países importadores de commodities. Estas, aunque no tengan influencia directa sobre los principios de la Constitución, sin embrago modifican la acción pública interna, favorecen un cierto tipo de agricultura y visión de desarrollo rural. Me refiero, por ejemplo, a la Política Agrícola Común de la Unión Europea, que por décadas ha favorecido la industria agro-alimentaria comunitaria, imponiendo reglas comerciales que han bajado los precios de las materias primas agrícolas extra europeas y han fomentado así desigualdad entre Norte y Sur. Segundo, los subsidios europeos a las exportaciones han enormemente perjudicado las producciones agro-alimentarias de los países latinoamericanos y africanos. Todas estas medidas tienen efecto, me parece, no tanto sobre los principios guías de la Constitución, pero si sobre la acción política de un estado, el cuyo objetivo necesita ser la protección de la producción nacional a cualquier costo.
ENVIO LO CORRESPONDIENTE A LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES LEGALES Y LA ACCION PUBLICA
1. ¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
El marco constitucional y normativo deberían ser la base de los planes, políticas, programas y proyectos públicos dictando los lineamientos y principios que respalden los mismos. Mientras la acción pública debería ser un trabajo más operativos que planteen actividades, presupuestos, entre otros, para territorializar la norma, es decir para hacer eficaz y efectiva la misma.
Sin embargo en la realidad los diferentes gobiernos del Ecuador se enfocaron en la construcción de un discurso legitimado por marcos normativos que siguen un corte neoliberal y que no logró avanzar en la efectivización de la seguridad con soberanía alimentaria, manteniendo en realidad un modelo basado en la privatización, monocultivos, apoyo a la agroindustria y transnacionales.
2. ¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y seguridad alimentaria?
Están los Planes y Programas de gobiernos, también los compromisos internacionales, en la Actualidad el Parlamento latinoamericano con apoyo de la FAO promulgaron la Ley marco para la seguridad y soberanía alimentaria, otros elementos son los actuales Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otros.
Una vez concluida la lectura del documento y revisado algunos documentos de apoyo podemos observar algunos elementos de análisis respecto al marco constitucional, es así que de acuerdo a la estructura de la carta magna existen artículos que garantizan la soberanía alimentaria y ademas de acuerdo a mecanismos establecidos en la misma establecen la necesidad de elaborar la ley del régimen de soberanía alimentaria y con ello la elaboración de las leyes conexas.
El momento de la elaboraciòn de estas leyes vemos que existen una serie de artículos que de alguna manera se contradicen o no tratan temas fundamentales respecto sobretodo a la participación de las organizaciones en los procesos de elaboración y discusión de propuestas, por ejemplo en temas sensibles como el latifundio no establece un tope y un mecanismo claro de redistribución de la tierra, los procesos a través de la autoridad única, no considera de manera activa la participación social. En el tema recursos hídricos ocurre algo similar.
Finalmente se trasladan el cumplimiento de lo que establece la constituciòn a los reglamentos que están a la voluntad política de la autoridad correspondiente como en el caso de la ley de tierras que el tema reglamento lo debe desarrollar la autoridad, en este caso el MAGAP a través del ministro sin la participación o muy poca participación social siendo estos temas sensibles.
en general las leyes que se han desarrollado a partir de la LORSA en el marco del fortalecimiento de la soberanía alimentaria están mas alineadas con el discurso de la matriz productiva que fortalece al agronegocio en detrimento de garantizar la soberanía tal como lo establece la constitución.
¿Que relacion debe existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la accion publica?
El marco normativo y constitucional deberia contar con una base de de programas,planes y politicas, bien definidos para responder a los principios y lineamientos de manera eficiente. por otro lado la accion publica debe ser un trabajo que plantee actividades en equipo tanto con el sector publico y privado, esto puede ser una manera de medir el crecimiento economico Ecuatoriano.
¿ Que otros elementos normativos (tanto de la constitucion como de la legislacion derivada) influyen en el diseño de politicas que precautelen la soberania y seguridad alimentaria ?
Aqui se puede mencionar los programas y planes de gobiernos ya que ellos se encargan de emplear o hacerlas cumplir, bajo el reconocimiento legal de la constitucion politica del estado la agricultura es un elemento principal para la alimentacion, comer bien y vivir bien, tambien para la produccion y exportacion de productos alimenicios ya que esto ayudara de alguna manera generar ingresos economicos. los alimentos se producen de acuerdo el tipo de tierra, clima del pais.
Respondiendo al analisis de la tematica:
Tanto en Bolivia como en Ecuador, los gobiernos han venido promulgando muy buenas leyes en beneficio de la poblacion mas vulnerable, en favor de los pueblos indigena originario campesino como se dice en Bolivia, pero lamentablemente, solo quedan en las normas escritas, es muy dificil su implementacion, porque la economia esta globalizada y tambien estos gobiernos, tienen que responder a interes transnacionales, estonces creo que al promulgar algunas normas solo ayudan a que la gente no pueda pronunciarse y aceptando una norma en su favor, pero despues en el tiempo, no se las aplica ni se las cumple. Esa es la realidad.
En cuanto al segundo punto, considero que la alimentacion desde la unidad productiva familiar tiene un enfoque netamente privado, aunque existen una canasta familiar basica, la toma de desicion es en el hogar, eso es algo de soberania, no existen normas que digan que alimentos y como se tiene que consumir en la familia. A partir de este analisis los sistemas de produccion aun cuando existen a nivel comunitario, se define en la familia, en funcion a varios factores como la capacidad productiva de los suelos, disponibilidad de riego, disponibilidad de semillas, etc, etc,
Otro aspecto para este analisis es que cuando existe apoyo desde la municipalidad, u otro nivel del Estado o del sector privado, la desicion en el tema productivo es muy discutido, un solo ejemplo, si existe apoyo con riego y solamente son pocas las familias que seran beneficiadas con el riego, se genera conflictos de interes interno, y para evitar esto, la COMUNIDAD solo solicita proyectos SOCIALES (canchas con cesped sintetito, casas comunales, centros multifuncionales etc) y como el sistema productivo es mas privado todos se olvidan.
Estas realidades pasa en la practica, por ello tambien las organizaciones comunitarias no gestionan programas y proyectos productivoa para no generar conflictos, sobre este analisis, cuanto se destina desde el gobierno central, hasta las municipalidades con la asignacion de recursos para el tema de la produccion? miuy poco, justamente porque en las comunidades aun cuando se dice un trabajo comunitario, en la practica los intereses productivos son privados no se las gestiona.
a esta realidad hay que trabajar mucho con las familias en la sencibilizacion, la informacion, la importancia de la produccion y la disponibiidad de alimentos para la familia, esos son los desfios hacia adelante.
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
La concordancia o coherencia, para ello es necesario por un lado la auténtica consigna política de hacer lo que se dice en el discurso, y por otra la capacidad institucional de poderlo plasmar en las acciones que lleva adelante el Gobierno, creo que en ambos hay serias deficiencias. La economía de libre mercado y el capitalismo siguen guiando el accionar de la economía del Ecuador, no solo por los sectores privados, sino también por el sector público, pues este ve la necesidad de crecimiento económico, que se mide a través de indicadores como el PIB, la balanza comercial, el déficit fiscal, tasa de desempleo, etc. Entonces ahí se ve mermada la consigna política, que pese a lo establecido en su Constitución y normativas, comienza a ceder espacios favoreciendo a las grandes transnacionales para fomentar la producción, les facilita el acceso a la tierra y el mercado, y al final resultan los más beneficiados, cuando se esperaba que otros actores como los de la agricultura familiar campesina y comunitaria lo serian. Por otra parte, a mi criterio aunque no es parte de la lectura, los escándalos de corrupción que se hicieron públicos en el Ecuador, son una muestra que algo anda desviando lo que se pretendía hacer con las normativas desde la Constitución y demás disposiciones legales, que alejan y le restan concordancia, coherencia y correspondencia a la acción pública.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelan la soberanía y seguridad alimentaria?
El reconocimiento legal de los productores de la agricultura familiar, tanto de manera asociativa como independiente, a través de una ley y sus reglamentos que permitan que estos actores clave de la soberanía y seguridad alimentaria, sean los efectivamente apoyados y fortalecidos. Toda la estructura del marco normativo debería estar orientada para que puedan ser de manera efectiva sujetos de crédito, poder acceder a la tierra, los servicios de apoyo a la producción y los mercados. De otra manera las normativas como la Ley Orgánica que va en apoyo a este sector, el cuidado del medio ambiente y la salud pública, quedan mas como discurso, pues este tipo de producción avanza a paso de tortuga en tanto la agricultura industrial avanza de manera acelerada y sostenida.
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
La concordancia o coherencia, para ello es necesario por un lado la auténtica consigna política de hacer lo que se dice en el discurso, y por otra la capacidad institucional de poderlo plasmar en las acciones que lleva adelante el Gobierno, creo que en ambos hay serias deficiencias. La economía de libre mercado y el capitalismo siguen guiando el accionar de la economía del Ecuador, no solo por los sectores privados, sino también por el sector público, pues este ve la necesidad de crecimiento económico, que se mide a través de indicadores como el PIB, la balanza comercial, el déficit fiscal, tasa de desempleo, etc. Entonces ahí se ve mermada la consigna política, que pese a lo establecido en su Constitución y normativas, comienza a ceder espacios favoreciendo a las grandes transnacionales para fomentar la producción, les facilita el acceso a la tierra y el mercado, y al final resultan los más beneficiados, cuando se esperaba que otros actores como los de la agricultura familiar campesina y comunitaria lo serian. Por otra parte, a mi criterio aunque no es parte de la lectura, los escándalos de corrupción que se hicieron públicos en el Ecuador, son una muestra que algo anda desviando lo que se pretendía hacer con las normativas desde la Constitución y demás disposiciones legales, que alejan y le restan concordancia, coherencia y correspondencia a la acción pública.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelan la soberanía y seguridad alimentaria?
El reconocimiento legal de los productores de la agricultura familiar, tanto de manera asociativa como independiente, a través de una ley y sus reglamentos que permitan que estos actores clave de la soberanía y seguridad alimentaria, sean los efectivamente apoyados y fortalecidos. Toda la estructura del marco normativo debería estar orientada para que puedan ser de manera efectiva sujetos de crédito, poder acceder a la tierra, los servicios de apoyo a la producción y los mercados. De otra manera las normativas como la Ley Orgánica que va en apoyo a este sector, el cuidado del medio ambiente y la salud pública, quedan mas como discurso, pues este tipo de producción avanza a paso de tortuga en tanto la agricultura industrial avanza de manera acelerada y sostenida.
Estimado profesor
Envío mis aportes al Foro 2 en el adjunto. Saludos coordiales!
Muy buenas a todos
Adjunto a este mensaje se envía la actividad planificada del Foro 2 de la Unidad 2.
Saludos
Buenas noches a tod@s:
Estimado Luís, por alguna razón ayer no me permitía adjuntar mis reflexiones en la plataforma, por lo que ahora adjunto archivo con las mismas.
QUE RELACIÓN DEBERÍA EXISTIR ENTRE LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES, LEGALES Y LA ACCIÓN PUBLICA?
En el entendimiento cotidiano esta relación la veremos como de un buen matrimonio en el cual debería haber una correlación ya que se entendería que las demandas y propuestas del soberano tienen que plasmarse en la norma y de esta a su aplicación, cuando los discursos políticos se orientan a plasmar estas demandas todos los ciudadanos comunes pensamos que estos se van a cumplir, para mejorar la situación de los más vulnerables además.
En realidad, del dicho al hecho hay un gran trecho es evidente o hablando desde el lenguaje de la cátedra el fenómeno conocido como el GATOPARDISMO, funciona en la real politik, donde se dan reglas que proclaman transformación pero que de hecho mantienen la situación precedente, simulacro de cambio. En esta situación se encuentra, la soberanía alimentaria constitucionalizada en el Ecuador, en una primera etapa con avances, evidentemente en medio de una gran desorganización, pero al final se entiende que la constitución del 2008 dio un salto cualitativo mediante la introducción de la Soberanía Alimentaria dentro del nuevo paradigma del Buen Vivir, que además se introduce teóricamente como un modelo alternativo de Desarrollo. En el caso Ecuatoriano la LORSA frena la aplicación de la norma Constitucional, otra institución del Estado que revela claramente la política alimentaria es la del MAGAP que incentiva el incremento de la productividad agrícola en los productos de exportación y otra casi asistencialista para la agronomía familiar, este pequeño bosquejo en el marco de los gobiernos progresistas debería de ser todo lo contrario. El comportamiento bipolar de los miembros del gabinete de Correa como del Ministro Espinal o del Ministro Vera, ejemplos en las lecturas proporcionadas, son descaradas y dan certeza que estos gobiernos progresistas van más bien en el camino pos neoliberal para un salto al capitalismo precario de nuestra región, que sería lo conveniente al sistema político hegemónico mundial, para beneficiarse de nuestras tierras , sus alimentos y diversos factores que con lleva esta política, tal vez un salto necesario para este proceso es no solo la marginalización de la agricultura campesina e indígena sino la desaparición del campesino como clase social y actor productivo relevante. Este es un elemento que no podemos perder de vista. Ya que para precautelar la Soberanía mas que la Seguridad, que va en la 2da pregunta de la tarea, es imprescindible que este sector no desaparezca se necesita que las pospuestas de los productores agropecuarios de base campesina no sea tan lenta ante los incrementos de la demanda, se puede aun revertir este panorama ya que existen numerosas propuestas desde diversos ámbitos ciudadanos, a los cuales se les debe dar además de rango normativo, la efectividad y eficacia de derecho. importante es que los actores campesinos no se desmotiven por sus precarias condiciones, el desarrollo tecnológico en mi punto de vista puede ser de gran ayuda, ya no es época de arado, pala y picota. Hermanos gocemos de la tecnología junto a los saberes ancestrales como es del descanso de la tierra la rotación u otros conocimientos, seguir exigiendo reglas justas y control social para luchar contra la peor lacra de la sociedad que es la corrupción, esto es el deber de todos,
Gracias espero se entienda aun soy una novata, pero el tema es apasionante
saludos, Tania Parraga Ucumari
Buenas noches, adjunto envío documento sobre constitución y ácción publicas
Buenas tardes docente y compañeros.
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Las relaciones deben ser legítimas y de desarrollo integral, lo que no se cumple en los hechos, para que exista una relación es necesario que se actué según lo estipulado en la normativa, habiendo obstáculos, en nuestra historia ambos países fuimos dependientes de los países más desarrollados en cuanto a seguridad alimentaria, gracias a la revolución de lo campesino hoy vivimos cambios pero con contradicciones e inconstitucionales, por tal motivo sería importante crear normas y reglamentos que garantices los cambios importantes que se están llevando en nuestros países dejando el lado el discurso para llegar a lo práctico materializándose en proyectos.
No basta que la CPE hable de seguridad alimentaria, si no que todos los involucrados que tienen la potestad de hacer cumplir las normativas tienen que actuar para ganar legitimidad y reconocimiento por parte de la población civil.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelan la soberanía y seguridad alimentaria?
Según mi opinión es el reconocimiento legal de la agricultura familiar apoyándolos y fortaleciéndolos, ya que son actores clave para mejorar la seguridad alimentaria y para tal seria idóneo orientar las políticas del gobierno para facilitar el crecimiento de este tipo de producción, una acción clave sería establecer prestamos al pequeño agricultor ya que la limitante para el crecimiento en la producción es el capital, también acompañar con capacitaciones para una producción más tecnificada, conocimiento que carecen los pequeños productores, cosa que en las agroindustria no tiene esta problemática.
Buenas noches
Adjunto mis respuestas
Si bien el marco constitucional abre la oportunidad de considerar a la soberanía alimentaria como un modelo a regir el proceso de producción y distribución de alimentos en Ecuador, varias de las disposiciones legales y la acción pública no son coherentes con este cometido. La relación que debería existir entre el marco constitucional, la legislación y la acción pública, podría haber sido aquella que la COPISA se planteó en su constitución y primeros años de trabajo. La oportunidad de operativizar la soberanía alimentaria, y generar procesos legislativos participativos y en función a garantizar el derecho de acceder a recursos naturales, el derecho a decidir cómo, cuánto y qué producir, y las mejores vías para distribuir y comercializar alimentos en mercados justos.
Definitivamente, se ha perdido el horizonte de la soberanía alimentaria desde el momento en que, a la vez que se prolifera la discursividad sobre el buen vivir y la soberanía, la política agraria se hace más rígida y llega a endurecerse desprendiendo acciones y normas que contravienen y afectan el ejercicio de derechos. La imposibilidad de llevar adelante una reforma agraria, y redistribuir efectiva y eficientemente la tierra como un ‘bien común’, y no como una mercancía más en el mercado, determinan que la falta de vocación gubernamental y estructural por la soberanía alimentaria. En cambio, la priorización de cultivos como la palma, soja, caña, y el impulso a la producción a gran escala de banano o flores, si bien generan ingresos, además, generan una masa considerable de precariedad laboral.
Mientras se trastoca la legislación del trabajo, por ejemplo, en función de sostener este tipo de esquemas de subordinación, y sólo generación de consumidores de las importaciones de alimentos, en definitiva, no se está precautelando, la soberanía alimentaria, y acaso, la concepción de seguridad alimentaria bajo la cual se actúa, será la más conservadora, aquella que garantiza la subsistencia, el ingreso familiar únicamente para acceder a alimentos del mercado y no así, promoviendo, la producción propia.
Otro tema imprescindible es la vocación por la agroecología o la producción orgánica de alimentos, que no es de interés de los Estados, y en el caso del Ecuador, miles de campesinos, además de contar con poca tierra, o estar empleados en el agronegocio, están sujetos a depender de paquetes tecnológicos que imponen la lógica del productivismo y las condiciones de sus suelos, afectados por el monocultivo, los agrotóxicos, y ni qué decir del agua, en contextos de extractivismo.
1.- Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales legales y la acción pública.
De cierta forma hay que tener muy en cuenta el fracaso que han venido teniendo las constituciones anteriores, las falencias de la constitución actual en cuanto al accionar público y a las políticas públicas implantadas dentro de la soberanía alimentaria.
Claramente tenemos un ejemplo dentro del mandato constituyente numero 16, el cual planteaba reducir impuestos y fomentar el crecimiento del sector agropecuario, así mismo establecía que se deberá tender a disminuir los costos de producción del sector, principalmente aquellos que se han incrementado debido a factores externos ajenos al manejo y administración de la política del gobierno nacional, para lo cual de cierta forma fracasó, ya que beneficiaron directamente a industriales del sector de alimentos y no a pequeños productores, pudiendo constatar con los datos emitidos por el SRI, dentro de la lectura recomendada en esta unidad.
La supremacía constitucional es muy importante al momento de tratar el tema ya que ninguna norma del ordenamiento jurídico de la república prevalece sobre ella, y dicho instrumento constitucional para que funcione de una forma armónica con el accionar público deben guardar armonía con las necesidades sociales para que puedan ser aplicadas de una forma directa por el accionar público hacia los ciudadanos.
2.- Que otros elementos normativos (tanto de la constitución como de la legislación derivada) influye en el diseño de las políticas que precautelan la soberanía y la seguridad alimenticia.
La ley orgánica del régimen de la soberanía alimentaria la cual se limita a realizar declaraciones de principios y deja que sean las leyes correspondientes a cada factor las que normen su acceso.
La Ley orgánica de recursos hídricos que plantea al agua como sector estratégico para el desarrollo de los pueblos y nacionalidades, lo cual enmarca al estado como el único y exclusivo para regular dicho recurso estratégico, con esta ley también se busca garantizar el derecho humano al agua y controla la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración de los recursos hídricos.
La Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios ancestrales que se enfoca en normar el uso y acceso a la propiedad de la tierra rural, el derecho a la propiedad de la misma y fue hecha para cumplir una función social y ambiental.
Todo este cuerpo normativo busca realizar de una forma armónica tomando en cuenta las necesidades sociales de cierta forma al buscar en una de ellas la redistribución de la tierra para poder enfocarse en el desarrollo social y económico.
REFLEXION
Además debemos tener presente que en nuestro país hay una importante tensión entre la política ideal y la política real. Entendiendo la política ideal, como aquella que recoge las aspiraciones y planteamientos de amplios sectores de la sociedad; y, la política real como aquella que recoge la visión de quienes controlan el aparato estatal y de los sectores con peso específico en los distintos ámbitos de la economía que se expresan a través de las cámaras empresariales, cuya voz tiene peso en la definición de la política real.
En lo referente a la seguridad y soberanía alimentaria, la política ideal está recogida y desarrollada en los lineamientos y disposiciones constitucionales (arts. 281 y 282 especialmente) y en el Plan Nacional del Buen Vivir.
En cambio, la política real, está definida en las leyes, reglamentos y normativa generada por los ministerios relacionados con el sector productivo (Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad y Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca especialmente).
Las leyes generadas en el decenio de la Revolución Ciudadana, en su parte declarativa recogen los principios constitucionales, pero en su parte regulatoria se orientan a garantizar el control de los recursos productivos (como la tierra y el agua), ese es el caso del Código Orgánico de la Producción, de la Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales y de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Preocupa también la orientación que está definiéndose en el proyecto de Ley de Semillas, cuyo horizonte se distancia de los mandatos constitucionales sobre biodiversidad y agrobiodiversidad.
La política definida en la Agenda para la Transformación Productiva (Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad), la Estrategia Nacional para el cambio de la matriz productiva (Vicepresidencia de la República) o, el tratado de libre comercio con la Unión Europea son claros ejemplos de la política real, cuyo horizonte no es precisamente alcanzar los principios definidos por la Constitución.
En conclusión puedo decir que si la Seguridad Alimentaria con Soberanía es un principio fundamental del Buen Vivir, se puede asegurar que, los programas, planes y proyectos que se han realizado y se están ejecutando siguen siendo un fracaso tanto en Bolivia como en Ecuador, si revisamos los programas del MAGAP en nuestro país solo favorecen a la agro exportación, ejemplo en la provincia de El Oro la principal actividad de este organismo es la discusión con los centros agrícolas sobre el precio del banano y si hablamos de riego el sector bananero es el más favorecido por que se les construyó y tecnificó tres sistemas de riego y al sector de pequeños agricultores no tienen la misma suerte. dando paso a que no tengan el soporte completo y necesario para que exista un verdadero apoyo a la Agricultura Familiar.
Estamos ocupando el tiempo en escribir reformas a las constituciones más que en aplicarlas, debemos concentrarnos en reforzarlas y ejecutarlas para que exista el verdadero cambio que necesitamos todos.
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
No siempre las normas constitucionales se cumplen en la práctica. Se establece el problema de la efectividad y la eficacia del derecho. El discurso se queda en el carácter prescriptivo, y para que este discurso sea eficaz debe ser reconocido como legítimo. Pero la legitimidad, está determinada por el reconocimiento, que radica: en la fuerza pública, el funcionariado público y finalmente por la sociedad civil. El discurso del derecho es producido por las élites que controlan el poder político, y en este sentido nada es si no se legitimiza. La relación que debe entonces existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública, deben conseguirse en base de la legitimidad, pero a través de un gran componente de participación social y de consenso, lo que correspondería al llamado contrato social.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Existen varios elementos de la constitución como el Mandato Agrario, y artículos que garantizan el derecho a la alimentación, a la soberanía alimentaria y energética, así como de legislación de tierras. En la legislación derivada la LORSA, la ley Orgánica de Recursos Hídricos, usos y Aprovechamiento del Agua, la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales y otras más, están allí, muchas precautelan la soberanía y seguridad alimentaria, el problema está en su aplicación, que se torna controvertida en cierta forma, y que aparece muy a la rectoría del Estado, evidenciada por la Autoridad Agraria Nacional. Los elementos que se han trabajado deben ser mejorados, y en este sentido, nuevamente la participación social es importante. Tampoco creo que todo está mal, esto es demasiado simplista, y creer que todo es agricultura familiar, se debe tener una visión de país, donde también hay que analizar la propuesta de la nueva matriz productiva y nuevamente ver nuestra realidad de país en el contexto global.
Buenas noches a todos.
Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
La relación que debe existir es directa, es decir que una disposición constitucional debe ser respaldada legalmente, lo que conllevaría a que se ejecute la acción política como tal, pero en cuento a la seguridad alimentaria se ha visto que en el transcurrir del tiempo ha evolucionado tratando de tomar en cuenta a la familia y la comunidad como principal benefactor pero también principal ejecutor de estas disipaciones y políticas. Considerandose que el sector privado era el principal beneficiado en épocas anteriores ahora se busca que el sector público sea el principal actor de estas políticas. Teniendo claro que aún se tiene en contra el libre comercio y el manejo económico capitalista en cuanto a la seguridad alimentaria
¿qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Las principales políticas públicas y reformas institucionales sean preparadas desde las bases es decir la familia y la comunidad como tal para así ellos puedan tener el conocimiento adecuado y le permita precautelar su seguridad alimentaria.
Tomar acciones de prevenir y proteger a la población del consumo de alimentos contaminados o que pongan en riesgo su salud, ya que muchos de los alimentos que ingresan por el libre mercado no llegan a ser supervisados al cien por ciento lo que conlleva a efectos de riesgo para la salud de las familias. Tomando en cuenta que para exportar nuestros productos, estos atraviesan una serie de especificaciones muy rigurosas pero en el caso de importación estas no están garantizadas de la misma forma.
.
Matriz de análisis de distonía axiológica en políticas públicas agrarias en Ecuador
JUAN CARLOS PONCE DE LEÓN ITURRY
Análisis del sistema económico ecuatoriano y las políticas agrarias.
Método:
Considerando las dimensiones de un modelo económico, se relacionarán las mismas con variables de las políticas públicas. La matriz mostrará la orientación política de la norma positiva existente: contrapuesta a la ejecución de la desde la orientación del modelo. Se pretende a partir de este análisis determinar la existencia de una distonía axiológica entre la norma y la ejecución de la política pública que contribuya al análisis tanto cuantitativo (valor económico) como cualitativo (valor axiológico) del objeto de estudio que son las políticas públicas.
Este mismo método fue aplicado para el análisis de distonía axiológica en políticas públicas para Bolivia (Unidad 1) y Ecuador (Unidad 2).
La matriz está concebida en el orden de 3xn pudiendo ampliarse en el eje de dimensiones para realizar el análisis individual de cada variable con lo que la matriz pudiere alcanzar el orden de 5xn
Matriz de análisis de distonía axiológica en políticas públicas agrarias (Norma positiva) |
||||||
Dimensiones/Variables |
Empleo |
Investigación |
Productividad |
Seguridad alimentaria |
Soberanía alimentaria |
Medioambiente |
Factores de producción |
Economía plural (Ö) |
Proyecto nacional de Innovación Tecnológica Participativa y Productiva Agrícola (Ö) |
Cambio de la matriz productiva Agroindustria destinada a la exportación Monocultivos (X) |
Autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente (X) |
Respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la soberanía, Soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. (X) |
|
Equilibrio macroeconómico a corto plazo |
Adquisición, redistribución, legalización de predios estatales, privados y baldíos, utilizados por parte del Estado. (Ö) |
|
. (Ö) |
Expansión de la frontera agrícola y la agricultura comercial. (X) |
Promover la preservación y recuperación de la agrobiodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados a ella; así como el uso, la conservación e intercambio libre de semillas (X) |
|
Distribución de recursos en la sociedad |
Lógica geopolítica de acumulación capitalista (X) |
Mayor información del área agropecuaria (Ö) |
Introducción de OGM (X) Lógica geopolítica de acumulación capitalista (X) |
La política constitucional contempla la soberanía alimentaria en su sentido más contra-hegemónico pero, buena parte de la política normativa y la política pública siguen anclados al sentido más conservador de la “seguridad alimentaria” (X) |
|
Leyenda: X NO ÖSI
Fuente: Elaboración propia (2017)
1. ¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
Las disposiciones constitucionales en ambos países (Ecuador y Bolivia), deberían tener una relación directa con las leyes y la acción pública, y debería lograrse implementar por los gobiernos de turno, ya que deberían ser la guía que rige las políticas de un país. Sin embargo conociendo la realidad, la acción pública dista de la constitución, todo se basa solo en un discurso gatopardistico.
Mas allá de los gobiernos de turno (neoliberales-progresistas) se sigue impulsando desde un modelo económico extractivista, capitalista y criminal, que utiliza el “poder” para imponer, reprimir utilizando a la fuerza publica y validando su accionar desde el discurso del derecho.
A lo largo del marco histórico, las organizaciones sociales de forma permanente han estado y continúan en las calles reivindicando derechos y mostrado las contradicciones entre el discurso y las disposiciones constitucionales, que siguen privilegiando a transnacionales, dejando de lado a pueblos indígenas y pequeños productores y peor aún a las mujeres.
2. ¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y seguridad alimentaria?
No basta con incorporar preceptos de seguridad y soberanía alimentaria en las constituciones. Para precautelar la seguridad y soberanía alimentaria se requiere voluntad política, ideologica para su implementación y que no quede solo en discursos. Los planes, programas, leyes deberían ser elaborados de forma consensuada con los actores sociales y transversalizando con el tema ambiental (recursos hídricos, tierra, territorio, semillas, entre otros).
Se requiere diseñar e implementar una verdadera política, que impulse la seguridad y soberanía alimentaria, valorado la producción nacional, respetando los procedimientos propios de los pequeños productores, pueblos indígenas y a la madre tierra.
Buenas noches a tod@s
Adjunto mi participación en foro 2, en documento word,
Saludos;
Janneth Mamani
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
La normativa Constitucional es un mandato básico en el cual toda ley debe enmarcarse, ninguna ley o Decreto se sobrepone a la Constitución.
La acción pública es la interacción entre el Estado y la sociedad. En este sentido diríamos entonces que la Constitución establece el paraguas normativo sobre el accionar en este caso sobre Seguridad Alimentaria, que se regula a través de Leyes y sus Códigos procesales para su cumplimiento y se hace efectivo a través de políticas públicas.
La relación establecida no solo es de cumplimiento normativo, si no que estas serán efectivas y de cumplimiento si convergen intereses entre la sociedad y el estado en este caso representado por la normativa y las políticas públicas,
“En lo que a la seguridad alimentaria con soberanía se refiere es necesario acompañar las conquistas constitucionales –o legales– con una praxis transformadora”
Además de los elementos analizados –en el documento base de la unidad 2– ¿qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Se evaluará:
• Precisión y pertinencia de la intervención
En primer lugar, lo establece en la Constitución como un deber primordial del estado garantizar la alimentación, más adelante como un derecho de las personas y colectividades el acceso a los mismos de manera suficiente, nutritivos, pero de preferencia de producción local.
Esto denota que pretende la promoción de la producción interna y también en el mismo artículo establece que el Estado promoverá la seguridad alimentaria.
Ambas descripciones guardan relación con leyes del Estado ecuatoriano que son la Ley de salud y la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria. Con la Ley de salud no solo se refiere al tema de nutrición si no más adelante establece una concordancia con el concepto de salud = alimentación
En otro artículo la misma constitución establece que en cuanto a soberanía energética no debe afectar a la soberanía alimentaria y la provisión de agua como derechos, estableciendo implícitamente una relación causal, que se encuentra regulado en la Ley de Gestión Ambiental.
Regula el ámbito de acción de gobiernos regionales en cuanto a seguridad alimentaria, delegando responsabilidades y competencias según su jurisdicción
La constitución de Ecuador crea un capítulo especial para el tema de soberanía alimentaria donde establece las responsabilidades del Estado para el logro de sus objetivos en diversos aspectos como producción, régimen tributario, importaciones, exportaciones, economía agrícola, transformación, comercialización, etc.
Solo este capítulo guarda concordancia y relación con leyes como ser:
Ley De Sanidad Animal, Ley Orgánica De Defensa Del Consumidor, Ley Orgánica De Regulación Y Control Del Poder De Mercado, Reglamento A Ley Orgánica De Regulación Y Control Del Poder Mercado, Ley De Propiedad Intelectual, Ley Orgánica Del Sistema Nacional De Contratación Pública, Ley Orgánica De Economía Popular Y Solidaria
Adicionalmente deberían estar los Planes de Desarrollo Nacional y Regional con este enfoque, no solo basados en lo que establece la Constitución y las Leyes, si no como país, que se quiere lograr en el plazo establecido y los objetivos determinados. Estos deben enmarcarse también en los ODM, acuerdos internacionales suscritos por el Estado y otros.
Buenos días
Adjunto mi participación al foro 2
Saludos
Jennyfer
De acuerdo a la lectura, y para entender y comprender, las historias nos demuestran que las políticas públicas y reformas constitucionales vienen preparadas desde afuera, y para poder consolidar tienen un proceso para poder desarrollar e implementar, si bien existen leyes que garantizan la soberanía y seguridad alimentaria, no existen políticas publicas que garanticen la implementación de las políticas publicas, en la realidad en muchos casos la constitución y la leyes se contradicen. Para ser concreto, para el diseño de políticas publicas tiene que pasar por la conciencia de nuestros gobernantes, la dependencia económica y el libre comercio que van de la mano, minimiza a los pequeños y medianos productores. Y nos quedamos con el discurso de fomentar, garantizar y proteger al sector agrario que pueda garantizar la alimentación en el marco de una manejo sustentable de los recursos naturales y el ecosistema y el respeto a la madre tierra.
Cómo se configura el proceso histórico de la seguridad alimentaria con soberanía en el país? y cómo incide en las normativas actuales?
El proceso histórico sobre la seguridad alimentaria, en el marco de la lectura, los dos conceptos no son nada nuevo, este proceso ya se vino hablando desde hace muchos años atrás, en los países desarrollados, que veían a los países de desarrollo con una especie de sujeto de desarrollo, y no como sujeto de derecho, donde las políticas se orientan más a fortalecer y a consolidar la presencia agroindustrial, se bien se dieron cambios importantes, en la constitución tanto en Ecuador como en Bolivia, las políticas públicas están bien orientadas, pero las acciones para materializar el legado del buen vivir y el vivir bien, se aleja cada vez con la realidad, los países en desarrollo, económicamente siguen dependiendo de los países dominantes, las políticas de fomentar a la producción ecológica se cada vez se ven inviable, desde mi punto de vista esta realidad se sigue viendo durante los gobierno que se denominan la revolución del proceso de cambio, si bien los sectores sociales fueron los que protagonizaron los cambios estructurales del Estado inclusivo, pluricultural,
Estimado Profesor
El libro al que se refiere está publicado en la siguiente dirección: www.iese.umss.edu.bo . Entrando a esta página web buscar en el menú la opción Publicaciones, dentro esta opción seleccionar "libros", ahí lo encontrarán. En está dirección web también pueden acceder al Documento de Investigación: "Seguridad Alimentaria en Cochabamba y Políticas Públicas 1985-2013)", que lo publiqué en 2015. Para acceder a esta publicación, en vez de seleccionar libros, elegir la opción Documentos de Investigación, ahí lo encontrarán.
Reciba un cordial saludo
ANALISIS DEL TEMA PARA CONSIDERAR
ANTES LAS DISCULPAS POR EL RETRAZO EN VISTA QUE POR MOTIVOS DE TRABAJO ESTOY EN CAMPO QUE NO PUEDO ACCEDER A SERVICIO DE INTERNET
¿Qué relación debería existir entre las disposiciones constitucionales, legales y la acción pública?
En la república de ecuador se ha creado leyes en beneficio de las comunidades y pueblos indígenas más vulnerable, luego de la aprobación de la Constitución política del Estado Ecuatoriano, donde garantiza asegurar la soberanía alimentaria, uso y acceso a la tierra, prohibición del latifundio, acceso al agua, restricción al cultivo de transgénicos y otros. También con la aprobación de la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, Ley Orgánica de Recursos Hídricos y la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios ancestrales estas leyes fortalece al sector productivo para la seguridad alimentaria con soberanía hacia el Bien Vivir, pero lamentablemente, solo quedan en las normas escritas, con pocos resultados en el ejercicio de la función pública, es decir en la práctica muy poco se ha avanzado por muchos factores que impiden materializar su constitución; así como la economía globalizada que traspasa fronteras sobre todo el poderío de las empresas trasnacionales, en la producción agropecuaria, dotación de insumos y materiales cada vez se han fortalecido por algunos vicios que en sus propias normas lo han permitido.
Para crear una ley debe existir una coherencia con la Constitución Política, así mismo en todas las entidades territoriales deben tener la suficiente capacidad para dar operatividad a estas leyes en favor de la seguridad alimentaria con soberanía.
¿Qué otros elementos normativos (tanto de la Constitución como de la legislación derivada) influyen en el diseño de políticas que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria?
Dentro de los elementos que precautelen la soberanía y la seguridad alimentaria podría también considerar la implementación de políticas públicas de: gestión de riesgos, Gestión Integral de Recursos Hídricos con enfoque de Cuencas, Acceso de cerditos con requisitos blandos para pequeños productores, fomento de consumo nacional de alimentos, Implementación de la alimentación complementaria en base a los productos locales, Fomento a la alimentación saludable para el Bien Vivir y otros que exclusivamente estén destinados a la pequeña producción de alimentos sanos para la población.
Gracias
JUAN CARLOS VILLCA MAMANI
Buenas noches Luis y compañeros, adjunto mis aportes a las preguntas planteadas.
SIENDO QUE ESTOS DÍAS, NO FUE FÁCIL EL ACCESO A LA PLATAFORMA.. ENVÍO EL ARCHIVO CON MI PARTICIPACIÓN EN LOS 2 FOROS Y EL TRABAJO FINAL.. SE QUE NO ES LO MAS CORRECTO,, PERO NO FUE FÁCIL..¡¡