El hecho de registrar un proceso autonómico me parece altamente positivo, porque además de tener la memoria histórica en nuestros pueblos, contaremos con este material para dar a conocer a los futuros habitantes de nuestras comunidades, el dolor y la injusticia que tenemos que atravesar para ser “reconocidos” en algo que es nuestra construcción y parte de nuestra vida. En este sentido y dando respuestas a las interrogantes realizadas a partir de la visualización del video, me permito reflexionar de la siguiente manera:
Qué demandas históricas y necesidades actuales tiene la Marka Quila Quila frente al Estado Plurinacional y cuáles los principales límites de su cumplimiento?
El video nos refleja una “triste” realidad, donde el Estado central desde su más antigua forma de organización, pone límites al ejercicio pleno de los derechos de los PIO. En este sentido, el video concretamente nos muestra:
La existencia de una lucha ancestral por el respeto y la restitución de los sistemas de gobierno, es decir que ese interés de organizarnos y decidir no es un requerimiento generado por el cambio de normativa del Estado actual, en un sentido positivo, sino más bien, podemos ver que el Estado siempre nos ha negado aquello que siempre hemos buscado, el pleno ejercicio de nuestros derechos.
Como ahora y en el pasado el territorio ha sido considerado como la vida misma, en ese entendido nuestros pueblos, y en este caso la Marka Quila Quila, encasillados y sometidos por las diferentes instancias de control del Estado, han generado alternativas para que el lugar que nos da vida pueda pertenecernos en su integridad, es así que el video da cuenta de la compra de terrenos o pago a la corona española por el lugar en el que se sustentaban, con el único fin de ejercer en esa expansión, sus formas propias de vida. Con este mismo hecho podemos entender que el papel del Estado ha sido siempre negarnos o poner muchas trabas al ejercicio de la autodeterminación, ya sea por intereses políticos, sociales o económicos; entendiendo el mismo, que una sociedad o comunidad sin un territorio definido o pertenencia a un lugar determinado, no es nada ni nadie.
Entre las entrevistas también podemos ver que a los PIOs nada nos ha sido cedido o regalado, pues vemos la lucha del Marka Quila Quila en su lucha frontal con el Estado, o sus instancias de coordinación, en la medida en la que es el Estado es la instancia que regula todas las acciones de los habitantes del mismo, sin considerar que muchas de esas acciones van en contradicción con la dinámica de vida de las diferentes comunidades, por lo que existe una falta de trabajo por parte del Estado central, para entender y apoyar a esa diversidad existente, no otra cosa refleja el hecho de que el Estado se atreva a decir “los ayllus son falsos, son chutos” tanto que la Marka Quila Quila ha tenido que recurrir a una sentencia constitucional para tener el reconocimiento como PIO.
Es así que como alternativa de ser dueños y ejercer su autodeterminación, la Marka Quila Quila busca por medio de la nueva forma de gobierno (AIOC) el acceso y reconocimiento bajo esta nueva forma de gobierno, sin ambrago, es el Estado quien se ocupa de atrasar, retrasar y exigir una serie de requisitos para ser reconocidos administrativamente por el Estado, en una dinámica que es del ejercicio pleno de una comunidad, parece contradictorio como algo que fue aprobado por una gran mayoría de representantes de las comunidades y pueblos en la Asamblea Constituyente, se convierta ahora en un obstáculo, en este sentido, tal como lo expresa uno de los entrevistado, se ha pasado de un nivel de lucha armada a una lucha jurídica, donde el Estado impone sus normas y las comunidades debemos, además de tratar de entender esas normas nacionales, respaldar nuestras formas de acción y decisión propias en un marco jurídico que no es nuestro. Es así que como siempre, nos encontramos en desventaja frente a un aparato Estatal que impone y nos obliga a los PIOs a someternos a sus dinámicas, y si consideramos oponernos a sus exigencias, simplemente nuestros requerimientos son detenidos.
¿Qué tensiones identificamos entre la lógica liberal y la lógica comunitaria en la demanda de la representación directa por minoría de la Marka Quila Quila Nación Qhara Qhara?
Es innegable que el Estado Central, en las últimas décadas, ha reconocido a los PIOs al ejercicio pleno de sus derechos, traduciendo este reconocimiento a través de normas legales, y visibilizando los mismos a través del impulso de su lengua, su cultura, sus tradiciones y otras acciones que son propias y que a mi parecer no necesitaban de un reconocimiento, pero al momento de hacer permitirnos hablar de política o economía, éstos reconocimientos no son los mismo, es ahí donde se dan hechos de discriminación, falta de atención o simplemente anulación, tal como lo muestra el video, ante una solicitud de representación explicita y expresada en las cartas organizas de Chuquisaca, las autoridades procedieron a “atenderlos, escucharlos pero considerarlos”.
Estas acciones dan cuenta de que el hecho de ser minoría es asociado al tema de menos importancia, como somos pocos las autoridades creen tener el derecho de escucharnos o no según su criterio, sin embargo, estos menos en número poblacional somos los que hemos sido olvidados por el Estado, y quizá hoy por hoy somos los que más requerimos de representación, para que en este inmenso campo de representantes, nuestra voz pueda ser eco de nuestras necesidades, pensares, preocupaciones, propuestas y acciones que vayan a mejorar nuestra calidad de vida y un acceso más justo a las oportunidades que el resto de los habitantes de Bolivia tienen.
Una de las tenciones que identifico y que creo es la principal dentro de la dinámica del ejercicio político de representatividad, está relacionada al número de pobladores que componen los PIOs y a las decisiones que se toman en ellas. Es decir que somos menos manipulables para el beneficio de una representación política, pues en la mayoría de los PIOs las acciones y decisiones que se tomen serán colectivas y en beneficio de sus habitantes y no en beneficio del representante.
¿El ejercicio del autogobierno como derecho colectivo depende del reconocimiento formal de la autonomía indígena? Explique los ámbitos de autogobierno que los pueblos indígenas ejercen desde abajo.
En ningún caso el Estado podría reconocer acciones que desde décadas pasadas son de pleno ejercicio de las comunidades y pueblos indígenas, el hecho de reconocer a las autonomías de una forma administrativa e incorporarlas a aparato estatal, no le da la tuición de aprobar o rechazar solicitudes que han sido generadas o creadas por el mismo estado, esto en la medida en la que su existencia y organización provienen de tiempos muy diferentes.
Sin embargo, existe normativa legal que exige que éste reconocimiento sea expresado a través de una serie de trámites administrativos impuestos por el Estado, para que los PIOS “legalmente” reconocidos, pues si no buscamos esa legalidad, nos vemos imposibilitados de relacionarnos con el mismo Estado.
Como podríamos explicarnos el requerimiento de un certificado de identidad étnica, un informe de necesidades y uso de espacio territorial y un registro de identidad como pueblo indígena originario, cuando es él Estado, quien conoce y maneja la información general de sus formas organizativas, y es mucho más preocupantes el hecho de que estos requisitos, se convierten en el peor suplicio de los PIOs, en la medida en la que es también el Estado quien las proporciona, supeditado a su burocracia institucional y jerárquica.
Así como el video nos lo expresa, que existe la necesidad del reconocimiento pleno de la autodeterminación, no necesitaríamos un reconocimiento del estado a nuestras formas de organización, acción y decisión si no existiera la necesidad de una asignación de recursos del Estado, pues debemos ser realistas en que el mejoramiento de la calidad de vida de nuestras comunidades, requerirá en un primer momento, de un apoyo económico.
En el caso de la AIOC de Raqaypampa, ellos siempre han desarrollado sus acciones en los temas de justicia, elección de autoridades, toma de decisiones y normar sus formas de vida (legislar) y concretar las decisiones (ejecutivo). Es decir que su organización es muy similar a la del Estado Central en la medida en la que cuenta con los 4 órganos que dinamizan su accionar, está el órgano legislativo representado por su máxima organización representativa CRSUCIR, el órgano electoral mismo que cuenta con una dinámica de elección de representantes y autoridades ya definida y donde el estado es un simple observador, el órgano ejecutivo representado por sus autoridades por representación territorial, y su órgano de justicia que es el que atiende e imparte seguridad enmarcados en sus formas de vida y principios rectores del ama suwa, ama llulla, ama qhilla, nitaq llunk’u.
En este sentido, el Estado únicamente ejerce su poder en el tema administrativo económico (hasta que desarrollemos una propuesta propia de manejo de recursos economicos asignados por el Estado), al asignar recursos a las AIOC, porque el resto de las acciones de las AIOC son propias y se han venido desarrollando desde siempre.