¿Cuál son las diferencias de autonomía indígena respecto de las otras modalidades?
Desde la perspectiva de las comunidades locales en el video, su territorio tiene una comprensión compleja, trasciende el simple espacio geográfico, pues comprende la administración y gestión de este, de carácter diacrónico. La autonomía es importante porque significa el autogobierno y porque pueden administrar el territorio, la justicia, salud, educación..
La autonomía plena significa un resarcimiento de daños históricos a los pueblos IOC, el derecho al territorio, a la tierra-territorio a los recursos naturales, implica mantener viva la cultura”
La Declaración Constitucional Plurinacional N° 0009/2013: “…la cualidad indígena no se determina por rasgos físicos o linaje sino por la existencia pre-colonial de un colectivo que comparte: “…identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión…”.
En ese marco las comunidades IOC reconocen que la autonomía es un derecho ancestral, cuyo fundamento es el territorio, donde se han establecido los pueblos IOC antes de la colonia y la república.
La Sentencia Constitucional Plurinacional N° 1714/2012: “… el principio de igualdad proyectado en el régimen autonómico, refiere que los diferentes tipos de autonomía gozan del mismo rango, lo que supone que no existe tutela o jerarquía entre las diferentes modalidades de autonomía, ninguna puede subordinar a la otra, por lo tanto, debe existir una relación horizontal entre ellas, de complementariedad, solidaridad y armonía.”
El Territorio Indígena Originario Campesino, es el territorio ancestral sobre el cual se constituyeron las tierras colectivas o comunitarias de origen, debidamente consolidadas conforme a ley, y que ha adquirido esta categoría mediante el procedimiento correspondiente ante la autoridad agraria, en el marco de lo establecido en los Artículos 393 al 404 y la segunda parte de la Disposición Transitoria Séptima de la Constitución Política del Estado.
La Declaración Constitucional Plurinacional N° 0009/2013 indica que “Una de las características de los TIOC es en la generalidad de los casos, la titulación agraria colectiva. Considerando que los TIOC’s se convierten en unidades territoriales una vez se acceda a la autonomía, se prevé que un porcentaje importante de su territorio seguirá bajo una titulación de orden colectivo. En este caso, está reconocida la distribución interna que se hace de las sayañas, entendidas como una forma de ejercicio ancestral de la tenencia de la tierra con fines esencialmente agropecuarios, y cuya redistribución interna sería de competencia de la AIOC .
Como se puede ver las AIOC están fundamentadas históricamente en el territorio y su forma propia de administrar, planificar y gestionar,
Las autonomías municipales departamentales y regionales, son construcciones a partir de una territorializacion colonial y postcolonial y que se han sobrepuesto a la existencia de los pueblos IOC, responden a una estructura foránea.
¿Cómo evalúas el avance de las autonomías indígenas en el país?
De acuerdo a las entrevistas, el avance de las autonomías es lento y complicado por los requisitos que exigen las normas y las contradicciones de estas mismas, como son el reconocimiento de los pueblos IOC de existencia pre-colonial, pero que este Estado nuevo, es el que debe reconocer la ancestralidad de estos pueblos.
Esta política autonómica es nueva en el planteamiento normativo para el país, y desde la propia CPE se apertura a un marco de pluralidad epistemológica, gnoseológica, ontológica y jurídica, toda vez que el Estado reconoce a los pueblos IOC por una identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión propias.
Este reconocimiento complejiza y demanda que se implementen también una pluralidad de metodologías hacia la autonomía de cada pueblo, probablemente las dificultades que se encontraron en el proceso largo de las autonomías, como es el caso de Charagua, se haya debido a una incompatibilidad de lógicas de concepción del territorio por una parte de un Estado con resabios coloniales y por otra, la cosmovisión propia de las comunidades que determinan también sus normativas en su territorio.
¿Qué factores condicionan el avance o limitación de las autonomías?
Una de las grandes limitantes, expuesta por los entrevistados, en el avance del proceso de la autonomía, es la elaboración de los estatutos autonómicos y la limitación normativa de la vigencia material de los pueblos IOC.
Otra limitante son los requisitos que se piden, a partir de la Ley Marco de Autonomías para presentar al Tribunal Constitucional, como la personería jurídica, el certificado de ancestralidad, generando un conflicto y contradicción con la propia Constitución Política del Estado vigente, al pedir al Estado que extienda un certificado a un pueblo que ha existido antes de este Estado.
Por tanto, un factor importante que limita el avance de las autonomías, es la normativa jurídica, expresada por propios entrevistados: la definición de la jurisdicción de los pueblos IOC, la ley del deslinde jurisdiccional,
Los métodos en el proceso de la autonomía IOC, continúa bajo una lógica foránea a la realidad de las comunidades.
Los entrevistados mencionan que la pelea de los pueblos ha sido siempre por la tierra, por la tierra territorio, hoy la lucha no es armada sino jurídica.
Desde las entrevistas, ¿qué propuestas identificas para agilizar el proceso autonómico?
El proceso largo de las autonomías, son el resultados de un Estado muy burocrático aun, por tanto es necesario innovar los métodos hacia una desburocratización de los procesos.
Es necesario ajustar algunos de los requisitos normados por Ley, con la participación activa de las comunidades.
Las leyes tienen que adecuarse y ser compatibles al sistema de los pueblos IOC.
¿Cuáles son tus aportes o propuestas para este tema?
Las autonomías son más complejas de lo que parecen, si bien la problemática inicial es la normativa jurídica, también está vinculada a aspectos políticos, económicos y de concepción del territorio, es decir es necesario profundizar el análisis en el marco de la pluralidad epistemológica y ontológica.