ANALISIS COMPARATIVO SOBRE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LOS GAIOCS DE CHARAGUA, RAQAYPAMPA Y URU CHIPAYA
A continuación, presentamos la estructura de gobierno de las AIOCs de: Charagua Iyambae, Nación Uru Chipaya y Raqaypampa. Denotar que en común las tres AIOC en la estructura de su gobierno autonómico fue pensada en base a su estructura orgánica, tomando en cuenta instancias de decisión participativa comunitaria según normas y procedimientos propios de cada AIOC.
GAIOC de Charagua Iyambae
GAIOC
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Estructura y organización de gobierno
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Charagua
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Organización
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Órganos de Gobierno: Instancias
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Organizada en espacios territoriales:
6 zonas (4 capitanías, 2 urbanas), 2 parques nacionales, 1 área de conservación ecológica.
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TIENE TRES ORGANOS DE GOBIERNO:
- De decisión colectiva (Nemboati Guasu)
- Asamblea General (Máxima instancia de decisión colectiva)
- Legislativo (Mborokuai Simbika Iyapoa Reta)
- Fiscalización, Deliberación y legislación
- Ejecutivo (Tetarembiokuai)
- Recepciona y distribuye los recursos, económicos a las zonas
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Raqaypampa
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INSTANCIAS
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SUS ATRIBUCIONES
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SUS FACULTADES
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Asamblea General de Comunidades
Conformada por toda la población
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Máxima Instancia de:
- Decisión
- De participación y
- Control social
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Tiene facultades:
ü Legislativa
ü Deliberativa
ü Fiscalizadora
ü De control social
ü Administración de Justicia
Así como también: La elaboración, discusión y definición de los mandatos.
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Consejo de Gestión Territorial
Conformada por cinco representantes
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- Encargada de hacer cumplir las decisiones de la Asamblea General de Comunidades.
- Efectuar las propuestas base de planificación territorial;
- Vigilar la gestión de la Autonomía y desarrollar propuestas de leyes y propuestas técnicas de planes y proyectos para la gestión de la autonomía.
- Formular la propuesta técnica del PGTC y propuesta base POA.
- Elaborar las propuestas técnicas y financieras de proyectos, la implementación o complementación PGTC.
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Tiene facultades de:
ü Planificación
ü Fiscalización
ü Iniciativa legislativa
ü apoyo al desarrollo Administrativo
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Autoridad Administrativa Autonómica
Conformada por un o una responsable y el equipo técnico - administrativo
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- Cumplir, ejecutar y administrar los mandatos delegados por la AGC.
- Implementar los programas, proyectos, y actividades relacionados con la autonomía, así como con situaciones imprevistas o de emergencia a través del PGTC y POAs
- Ejecutar los recursos económicos de la Autonomía de Raqaypampa, según el PGTC y el POA aprobada por la Asamblea Anual Autonómica.
- Proponer normas que contribuyan a la gestión de la autonomía y el vivir bien de sus habitantes.
- Impulsar la suscripción de convenios para la mejor ejecución del PGTC.
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Tiene Facultades:
Ejecutivas
Áreas de trabajo:
ü Administración legal y financiera, Gestión territorial y cuidado de la madre tierra,
ü Producción agropecuaria y transformación;
ü área social (salud, educación, cultura y otros) y servicios.
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Uru Chipaya
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Organización
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Órganos de Gobierno: Instancias
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Organizado en 4 territorialidades (Ayllus)
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TIENE TRES ORGANOS DE GOBIERNO:
- Máxima instancia de decisión política y territorial (Chawkh Parla)
- Asamblea grande, representación dual (esposo y esposa), de los 4 ayllus
- Legislativo (Laymis parla)
- Sistema mixto y mecanismo de rotación
- Ejecutivo
- Máxima autoridad administrativa para la gestión pública intercultural
- Administra los recursos económicos para las cuatro territorialidades
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Limitaciones y dificultades:
En el caso particular de la Autonomía Indígena Charagua Iyambae, una de las dificultades que tiene es que territorialmente cuenta con 6 zonas, donde 4 son las capitanías que forman parte del pueblo guaraní, dos zonas urbanas, 2 parques y un área de conservación ecológica. Esta estructura territorial y población mixta por así decirlo, dificulta el consenso y toma de decisiones en la Autonomía de Charagua, debido a la existencia de centros poblados con población no guaraní y de practica económica empresarial. El Estatuto de Charagua toma en cuenta a las minorías dentro el territorio es en este sentido que los dos centros urbanos están tomados en cuenta dentro la estructura de gobierno.
En el caso de las 3 AIOCs en implementación y ejercicio, una de las grandes limitaciones es que no cuentan con los suficientes profesionales originarios que tengan el grado técnico y/o superior, los cuales sean apoyo técnico y operativo de las autoridades orgánicas y de gobierno.
En cuanto a las dificultades para el ejercicio de las AIOC de Charagua, Raqaypampa y Uru Chipaya es el tema normativo, es decir; dentro el Estado Plurinacional pese a contar con AIOCs en ejercicio, no se cuentan con normativas nacionales que ayuden y viabilicen su implementación y ejercicio y que en el tema administrativo forzosamente están cayendo al mismo saco administrativo y de gestión pública que los gobiernos municipales. Esta situación permite que no se dé cumplimiento efectivo a los mandatos de los Estatutos Autonómicos los cuales fueron elaborados según normas y procedimientos propios de cada NPIOC.
Sugerencia para la mejora de los diseños de estructura
Particularmente pienso que ya se dio un paso muy importante en la historia de las NPIOCs y el Estado Plurinacional, que es la constitución de tres gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos, es importante también reconocer que los procesos de construcción y constitución de las AIOC tuvo serias dificultades en el camino ello debido a que se está iniciando con una nueva experiencia de creación de gobierno, y que en el camino se fue y con seguridad se seguirán destapando vacíos normativos para la implementación y ejercicio de los GAIOC, Asumir también que ni las autoridades de gobierno y la misma población en general de nuestro territorio Boliviano aun no asumen en su complejidad los procesos de AIOCs cuyas características de gobierno son muy distintas y novedosas en cuanto a un gobierno autónomo.
En este sentido me atrevo a decir que el reto ahora es posesionar a las AIOC en su institucionalidad y la gestión pública administrativa con sus particularidades dentro el marco normativo nacional acorde a los mandatos de sus Estatutos Autonómicos y que la decisión, demanda y ritmo de implementación dependen únicamente de las autoridades de cada NPIOC y AIOC.