Foro sobre la Declaración de los Derechos Campesinos y la consulta previa

Foro sobre la Declaración de los Derechos Campesinos y la consulta previa

de ROSA HELENA RODRIGUEZ TIMANA -
Número de respuestas: 1

En Colombia la Consulta Prevía para las comunidades indígenas ha sido importante. Sin embargo en los territorios en ciertas situaciones no se respeta este derecho, como se señala en el video ¿cómo hacer respetar este derecho?

La movilización en Colombia por parte de las comunidades indígenas y las mesas de negociación han sido dos formas de hacer respetar el derecho a la Consulta Previa. Sin embargo, las comunidades campesinas no cuentan con este derecho constitucional de manera directa.

 

En Colombia existe la participación ciudadana y el acceso a la información como derechos fundamentales. La Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional define que todo ciudadano tiene derecho a conocer de manera oportuna la información para vigilar la gestión pública y evitar que sus derechos sean vulnerados.

 

Esto contribuye con los principios de transparencia, buena fe, facilitación, no discriminación, gratuidad, celeridad, eficacia, calidad, divulgación y uso responsable. Dado que toda actuación del Estado debe garantizar servir a la comunidad y la efectividad de dichos principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política colombiana en su artículo 2 como un fin esencial del Estado “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan”. En igual sentido el artículo 79 de la Carta establece que es la Ley la que debe garantizar el derecho a la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectar el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado para proteger la diversidad e integridad del ambiente como elemento fundamental para el desarrollo de la vida.

 

Sin embargo, en tiempos de Pandemia esta participación se ha dificultado el derecho fundamental a participar en decisiones ambientales de los territorios impactados por proyectos, por ejemplo la ANLA e instituciones competentes convocó a 104 municipios a reanudar la actividad de aspersiones con glifosato que implica daños ambientales, a la salud humana, a la productividad y al normal desarrollo de la realidad social justamente en los territorios más vulnerables y con mayores afectaciones a causa de los conflictos y la dependencia de un grueso número de sus habitantes de las economías consideradas ilegales, además, que padecen escasas condiciones de conectividad y baja o nula calidad en el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones.

En este sentido, la DDC contribuiría desde su interpretación a recalcar la necesidad de que los Estados deben respetar la consulta cuando se desarrollen actividades que afecten las formas de vida de las campesinas y campesinos y otras personas que trabajan en la zonas rurales.


En respuesta a ROSA HELENA RODRIGUEZ TIMANA

Re: Foro sobre la Declaración de los Derechos Campesinos y la consulta previa

de JOSE AUGUSTO RIVERA SUBIA -
Foro sobre la Declaración de los Derechos Campesinos y la consulta previa
Se está de acuerdo con la participación constante hoy en día de los campesinos indígenas donde puedan tomar decisiones importantes y fundamentales principalmente a favor de sus derechos.